Gaceta de Jurisprudencia de Derecho Público Nº 110 (semana del 12 al 18 de julio de 2020)
Home › Gaceta Jurídica › Gaceta de Jurisprudencia de Derecho Público Nº 110 (semana del 12 al 18 de julio de 2020)
Gaceta de la Jurisprudencia de Derecho Público
Semana del 12 al 18 de julio de 2020
Esta semana destacamos la sentencia de la Excma. Corte Suprema caratulada “Mazo y otros con Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.”, Rol 79.243-2020, donde se indica que en el derecho público solo se puede hacer aquello que la ley permite, por lo que, dentro del contexto de la libertad ambulatoria de una persona, reconocido como derecho fundamental en la Constitución Política de la República, su restricción solo puede fundarse en la ley. Así, el Decreto Ley N°1094 del año 1975 y su reglamento establecen las causales de prohibición e impedimento de ingreso al país, sin que en ellas pueda observarse alguna relacionada con personas que se acogen a un plan humanitario de retorno.
En ese sentido, las medidas para ayudar a personas extranjeras a retornar a sus países no pueden entenderse como dilapidación de recursos públicos, por cuanto lo que se persigue es otorgarles una solución humanitaria, la cual no puede tener como contrapartida una restricción a su libertad ambulatoria.
Por lo tanto, la exigencia de asumir un compromiso de no retornar al país dentro de nueve años no se ajusta a ninguna norma legal, tampoco lo es, que una medida humanitaria requiera para acceder a ella de una determinada contraprestación.
Saludos
Estudio Zuñiga – Campos abogados
Francisco Zuñiga Urbina (Director ICHDA)
Natalia Muñoz Chiu (Tesorera ICHDA)