DISPONE MEDIDAS SANITARIAS QUE INDICA POR BROTE DE COVID-19

DISPONE MEDIDAS SANITARIAS QUE INDICA POR BROTE DE COVID-19
Marzo 22, 2020 Los comentarios están deshabilitados en DISPONE MEDIDAS SANITARIAS QUE INDICA POR BROTE DE COVID-19 Actualidad-Jurídica ichda .cl

Publicado en el D.O. con fecha 22 de marzo de 2019

MINISTERIO DE SALUD

Subsecretaría de Salud Pública

DISPONE MEDIDAS SANITARIAS QUE INDICA

POR BROTE DE COVID-19

Resolución Núm. 202 exenta.- Santiago, 22 de marzo de 2020.

Resuelvo:

1. Dispóngase cuarentena a la ciudad de Puerto Williams, perteneciente a la comuna de Cabo de Hornos.

2. Instrúyase a la Secretaría Regional Ministerial de Magallanes y la Antártica Chilena la instalación de aduanas sanitarias en los puntos de cruce del Estrecho de Magallanes.

3. Dispóngase un cordón sanitario en torno a las comunas de Chillán y Chillán Viejo, en la Región de Ñuble. En consecuencia, prohíbase el ingreso y salida a dichas comunas.

4. Dispóngase que los habitantes de la República deberán continuar residiendo en su domicilio particular habitual. En consecuencia, prohíbase el desplazamiento de personas hacia otros lugares de residencia distintos a su domicilio particular habitual.

5. Instrúyase a la Secretaría Regional Ministerial de Los Lagos el reforzamiento de las aduanas sanitarias instaladas en los puntos de entrada y salida a la Isla de Chiloé. En consecuencia, la autoridad podrá limitar el desplazamiento entre dichos puntos cuando las condiciones sanitarias de la persona así lo hagan aconsejable.

6. Dispóngase que las personas que ingresen al país, sin importar el país de origen, deben cumplir con medidas de aislamiento por 14 días. Asimismo, las personas que ya están sujetas a esta medida deben continuarla por el periodo que reste.

7. Dispóngase que todos los habitantes de la República deberán permanecer, como medida de aislamiento, en sus residencias entre las 22:00 y 05:00 horas. Esta medida será ejecutada de acuerdo a las instrucciones que impartan al efecto los Jefes de la Defensa Nacional de las distintas regiones.

La medida de este numeral comenzará a regir desde las 22:00 del 22 de marzo de 2020 y será aplicada por un plazo indefinido, hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su supresión.

8. Dispóngase el traslado a lugares especialmente habilitados para el cumplimiento de medidas de aislamiento a:

a. Personas que hayan infringido las medidas de cuarentena que les hayan sido dispuestas. b. Personas que no puedan cumplir con las medidas de cuarentena que les hayan sido dispuestas.

9. Solicítase el auxilio de la fuerza pública, con apoyo de las Fuerzas Armadas, para efectuar controles en las comunas de Las Condes, Vitacura y Providencia que permitan identificar a aquellas personas que incumplan las medidas sanitarias que se han dispuesto por la autoridad, muy especialmente, la medida de cuarentena de las personas con examen positivo para COVID-19.

10. Instrúyase a las autoridades sanitarias la difusión de las medidas sanitarias por los medios de comunicación masivos.

11. Déjese constancia que las medidas dispuestas en esta resolución podrán prorrogarse si las condiciones epidemiológicas así lo aconsejan.

12. Déjese constancia que las medidas dispuestas por las resoluciones Nº 180, Nº 183, Nº 188, Nº 194 y Nº 200 de 2020 del Ministerio de Salud siguen plenamente vigentes en los términos y plazos descritos en dichos actos.

13. Déjese constancia que el incumplimiento de las medidas impuestas por la autoridad en virtud de esta resolución y las resoluciones señaladas en el numeral anterior serán fiscalizadas y sancionadas según lo dispuesto en el Libro X del Código Sanitario, así como en lo dispuesto en el Código Penal, cuando corresponda.

DISPONE MEDIDAS SANITARIAS QUE INDICA POR BROTE DE COVID-19 

Fuente: https://www.diariooficial.interior.gob.cl/