Los autores analizan la facultad de la Contraloría General de la República de declarar contrario a derecho un acto administrativo que ya ha producido efectos jurídicos, poniendo énfasis en las consecuencias que se derivan de dicha declaración cuando se trata de actos beneficiosos para los particulares. Específicamente, se refieren a los problemas que plantea el ejercicio de esta facultad cuando la intervención de la Contraloría ha sido requerida por otros particulares con intereses contrapuestos a los beneficiarios del acto impugnado, a la luz de las garantías constitucionales del debido proceso y la seguridad jurídica que asisten a estos últimos.