Corte Suprema rechaza recurso de amparo económico presentado contra la Municipalidad de Coquimbo por cancelación de patente de alcoholes
Corte Suprema rechaza recurso de amparo económico presentado contra la Municipalidad de Coquimbo por cancelación de patente de alcoholes
La Corte Suprema rechazó el recurso de amparo económico presentado en contra del decretó alcaldicio que ordenó la cancelación de patente de alcoholes a cabaré de Coquimbo.
En fallo dividido (causa rol 11.625-2017), la Tercera Sala del máximo tribunal del país –integrada por los ministros Sergio Muñoz, Rosa Egnem, Carlos Aránguiz, Manuel Antonio Valderrama y el abogado (i) Rodrigo Correa– descartó actuar arbitrario de la municipalidad recurrida.
“Que de la sola lectura del acto impugnado, esto es, del Decreto Alcaldicio N° 066, aparece que éste menciona de manera explícita como fundamento de la decisión allí contenida el Acuerdo del Concejo Municipal N° 8, de 18 de enero de 2017, y la carta de la Junta de Vecinos del sector referida en el fundamento décimo segundo que antecede, documentos en los que, como se dijo, se alude específicamente a desmejoradas condiciones de seguridad pública, incluyendo un aumento de la delincuencia y de la drogadicción en el sector, vinculadas a la presencia de locales que cuentan con patentes de alcoholes”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que: “como se advierte de los antecedentes mencionados, en la especie la autoridad municipal no sólo ejerció una facultad que le ha sido conferida expresamente por el ordenamiento jurídico aplicable, sino que, además, lo hizo en consonancia con lo establecido en la letra o) del artículo 65 de la Ley N° 18.695, en tanto adoptó la decisión de no renovar la patente de alcoholes de que se trata después de haber escuchado a la Junta de Vecinos pertinente”.
“(…) conforme a dicho predicamento, y considerando que la referencia efectuada en el Decreto Alcaldicio N° 066 al Acuerdo N° 8 del Concejo Municipal y a la carta emanada de la Junta de Vecinos Centro Oriente, constituye suficiente fundamento de la decisión de no renovar la patente de alcoholes de la actora, forzoso es concluir que la recurrida no incurrió en ilegalidad ni en arbitrariedad alguna al expedir el Decreto Alcaldicio N° 066, toda vez que se limitó a poner en práctica una facultad que le es propia y que le ha sido conferida expresamente por el legislador, ocasión en la que, además, actuó en la forma prescrita por la ley y basada en antecedentes idóneos, de los que dejó debida constancia, de manera que no es posible sostener que el acto en cuestión carezca de basamentos”, concluye.
Decisión adoptada con el voto en contra del ministro Muñoz.
Rol Nº 11.625-17 CS Amparo Económico
Rol Nº 300-2017 CA La Serena Amparo Económico
Fuente: www.pjud.cl
