Autor: ichda
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La organización administrativa del Estado, doctrina 1859-2009
Natalia Muñoz Chiu. Profesora de Derecho Administrativo U. de Chile. Socia ICHDA. “La organización de la Administración Pública en Chile, ha variado sustancialmente durante el tiempo comprendido en este estudio, ello es fruto de los cambios en las funciones que la Administración ha ido asumiendo en cada momento histórico. Sabemos que uno de los aspectos
DetailsLos municipios de zonas no afectadas por catástrofe pueden enviar a su personal y equipos de emergencia a colaborar a otras zonas del país damnificadas (Dictamen Nº 3.000-17)
Con fecha 27 de enero, la Contraloría General emitió el Dictamen N° 3.000 de 2017, que según lo instruido por el Contralor General, Jorge Bermúdez, y atendiendo la consulta de la Municipalidad de La Florida, informa que -tal como lo dispone el artículo 1° de la Constitución Política- es deber del Estado dar protección a
DetailsSobre la intervención de funcionarios de la administración en el CENSO 2017
La Contraloría General a través del dictamen Nº 2.764, de 2017, dispuso que el Instituto Nacional de Estadísticas puede solicitar a cualquier órgano de la administración del Estado, la intervención de funcionarios de su dependencia en el Censo abreviado 2017, encontrándose estos en la obligación de participar en ese proceso. Reconsidera toda jurisprudencia en
DetailsLa función jurisdiccional administrativa: Organización y Competencia
La función jurisdiccional administrativa: Organización y competencia, Gobierno Regional y Municipal, Año VII-4, Nº 76, Santiago de Chile, páginas 7 a 206. (Contencioso administrativo Chile) Natalia Muñoz Chiu. Profesora de Derecho Administrativo U. de Chile. Socia ICHDA. “El Estado a través de sus órganos desempeña diversos roles, uno de ellos es el de resolver los conflictos jurídicos
DetailsContratación Administrativa
“Contratación administrativa”, Revista de Derecho nº 12, páginas 13 a 40. (Contratación administrativa Chile) Natalia Muñoz Chiu. Profesora de Derecho Administrativo U. de Chile. Socia ICHDA. “El régimen jurídico que rige la contratación administrativa en Chile ha variado sustancialmente, a raíz de la incorporación al ordenamiento durante el año 2003 de dos importantes cuerpos legales: La Ley
DetailsDerecho Administrativo Chileno. Justiciabilidad de la Administración
Natalia Muñoz Chiu. Profesora de Derecho Administrativo U. de Chile. Socia ICHDA. Editorial Porrúa, 2007, México. En una Obra conjunta con otros autores. Capítulo V, Justiciabilidad de la Administración (Contencioso administrativo Chile) Primera Parte La Competencia General de los Tribunales Ordinarios de Justicia para conocer de las materias contencioso administrativas Segunda Parte Facultades de Control Jurisdiccional
DetailsLa organización administrativa del Estado, doctrina 1859-2009
Natalia Muñoz Chiu. Profesora de Derecho Administrativo U. de Chile. Socia ICHDA. “La organización de la Administración Pública en Chile, ha variado sustancialmente durante el tiempo comprendido en este estudio, ello es fruto de los cambios en las funciones que la Administración ha ido asumiendo en cada momento histórico. Sabemos que uno de los aspectos
DetailsValentín Letelier Madariaga
PERSONAJE DESTACADO Valentín Letelier Madariaga (1852-1919) fue uno de los intelectuales chilenos más destacados de su época, cuyos aportes de mayor relevancia fueron la renovación del sistema de educación pública y la introducción en el país de los estudios sociológicos. Letelier nació en Linares en 1852 y cursó su educación primaria en la vecina Talca.
DetailsDIRECTORIO
ACTUAL DIRECTORIO De conformidad a lo establecido en los artículos 19 y 52 de los Estatutos del Instituto Chileno de Derecho Administrativo, con fecha 5 de mayo de 2023, se realizó la Asamblea General Anual Ordinaria quedando integrada la Directiva para el período 2023-2026 por los siguientes profesores del ámbito de Derecho Público. Presidenta: doña Natalia Muñoz
DetailsOBJETIVOS
OBJETIVOS DE ICHDA Estatutos ICHDA Los Estatutos de ICHDA fueron aprobados por Decreto Supremo Nº 1.022, de 5 de noviembre de 2001, del Ministerio de Justicia. En su artículo tres se dispone que su objeto será: a) Estudiar las diversas materias que abarca el Derecho Administrativo, sea por medio de sus miembros aisladamente
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